La ley del referéndum se basa en resoluciones de las Naciones Unidas cuando hace 9 años que luchamos para que el Gobierno y el departamento de Interior aplique la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad
La ley del referéndum que han presentado los grupos Juntos el Sí y la CUP , se basa en resoluciones de las Naciones Unidas y del Tribunal de La Haya para justificar la vía unilateral.
El preámbulo, de casi tres páginas, recoge los pactos de la ONU que reconocen los derechos de los pueblos a la autodeterminación como el primero de los derechos humanos. Unos tratados que España ha ratificado.
No queremos entrar en temas políticos pero nos es difícil de digerir que la Generalidad de Cataluña diga esto a la vez que vulnera la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad con su propia policía autonómica a la que le sobreviene una discapacidad que implica una incapacidad laboral, en la que segrega o le niega el acceso a una segunda actividad dependiendo del grado.
Mientras que a nosotros se nos ha negado sistemáticamente la aplicación de normativa internacional como la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, ahora resulta que lo que interesa la normativa de la ONU sí es de obligado cumplimiento
Exclusión y discriminación directa a personas con discapacidad, agravio comparativo, discriminación por motivo de discapacidad, etc., son vulneraciones que se constatan en el cuerpo de Mossos según el durísimo informe del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ” Derechos humanos y discapacidad: Informe España 2014 “ . El CERMI elabora este informe, que describe la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en España, en calidad de ser el organismo independiente nombrado por el Estado español para el seguimiento de la aplicación de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Este informe hablaba de “vulneraciones a la igualdad y no discriminación en el derecho al trabajo de las personas con discapacidad” .
¿Qué hizo el Gobierno al respecto? Nada. No pasa nada. Todo sigue igual.
Hace 9 años que luchamos para que el Gobierno y del departamento de Interior aplique la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad a los mozos de escuadra con una discapacidad sobrevenida.
España estuvo en el primer bloque de Estados signatarios el 30 de marzo de 2007, y actuó con celeridad en su ratificación y entrada en vigor en nuestro ordenamiento jurídico el 3 de mayo de 2008 .
El mismo Pacto de la ONU internacional de derechos civiles y políticos que se alega en la ley del referéndum también habla de prohibir la discriminación:
“Artículo 26
Todos son iguales ante la ley y tiene el derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley. A este respecto la ley debe prohibir todas las discriminaciones y debe garantizar a todos una protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. “
Las personas con discapacidad no somos iguales ante la ley ni se nos protege igual cuando se nos segrega o se nos excluye de poder pasar a segunda actividad a pesar de ser requisito para pasar tener una disminución de la capacidad (discapacidad).
Porque no aplican el pacto de la ONU de derechos civiles y políticos que se alega a sus propios policías?
Desde de 2015 estamos implicados en que el Parlamento tramite una proposición de Ley de segunda actividad de aplicación a Bomberos de la Generalitat, Policías Locales y Mossos , adaptada a la Convención, y que de una vez se acaben las situaciones que estamos sufriendo de discriminación y de vulneración del principio de igualdad que vamos denunciando desde mediados de 2007.
Ahora que por fin se ha presentado, resulta que Juntos el Sí ha presentado una enmienda a la totalidad . Resulta que la intención del Gobierno es presentar después un proyecto de ley de segunda actividad que, a buen seguro, supondrá un sistema de APARTHEID y recorte de derechos de personas con discapacidad.
Y ahora resulta que con la ley del referéndum quieren dar lecciones sobre cumplir los mandatos de la ONU?
Vea qué decía el departamento de Interior sobre la ONU y las normas internacionales cuando estaban haciendo el decreto de segunda actividad de mozos de escuadra:
Que no se aplicarán, que sólo “inspiran”. Alucinante.
Resulta que según el departamento de Interior de la época Saura parece que una ley y un reglamento están por encima de una Convención internacional en vigor y que forma parte del ordenamiento jurídico. Es muy fuerte.
El día 5-5-16 se aprobó en el Parlamento de Cataluña la Moción 28 / XI del Parlamento de Cataluña, sobre las políticas sociales , que establece que:
“El Parlamento de Cataluña insta al Gobierno a:
- Adaptar normativamente los valores y mandatos de la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad aprobada en las Naciones Unidas en 2006 “.
Cataluña hace 9 años que no adapta las leyes a los principios y mandatos de la Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad, que aprobó Naciones Unidas en 2006.
Con la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad estamos ante un tratado internacional que es directamente invocable y aplicable en todos los niveles territoriales , y que tiene que hacer frente a una realidad endémica de vulneración de derechos, que exige una evolución en la forma de entender y aplicar el principio de igualdad, no discriminación y autonomía desde la dimensión de los derechos humanos que proclama.
La falta de adaptación de las normas y no vulnerar dichas normas de rango superior es algo que debería preocupar extremadamente a los responsables de la función pública, ya que estas obligaciones de protección de la igualdad y no discriminación, recaen de forma especial y singular en el ámbito de lo público, pues con las disposiciones legales tienen la obligación de promover, proteger y respetar las obligaciones que asumen en virtud de pactos o tratados internacionales, en este caso la igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad.
Mientras que a nosotros se nos ha negado sistemáticamente la aplicación de normativa internacional como la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, ahora resulta que lo que interesa la normativa de la ONU sí es de obligado cumplimiento.
Texto extraido de la página principal Ailmed.wordpress.com
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